Comunicado de prensa


CONASIP se declara en  desacuerdo con el art. 66 de la ley  ley.19889, en sus dos puntos fundamentales.
Primer punto:
                       Si bien con esta extensión horaria se habilita al funcionario a realizar hasta 100 horas mensuales, Entendemos que esto genera una gran desigualdad a la hora del acceso a las mismas por parte de todos los Policías, y el motivo se debe a  que la concentración de contrataciones de  servicio por art. 222, se da en la capital del país y no en el resto de los departamentos, donde  también tenemos una importante  línea de Policías con salarios muy sumergidos que necesitan con vital importancia la realización de más horas pero al no existir servicios estos no se ven ni se verán para nada beneficiados con la medida.

Segundo punto:
                Se nos sigue intentando limitar en el acceso al trabajo en la actividad privada, en justamente la actividad  para la que hemos sido formados, en esta oportunidad se nos deja sujetos  y obligados a ejercer nuestra idoneidad solo  y exclusivamente para la órbita del Ministerio del Interior, medida que entendemos es totalmente arbitrara y es violatoria limitante del derecho al trabajo y más aún cuando “no” se manifiesta en dicho texto si el estado prevé pagos por exclusividad  o no, dejando entender que no será así cosa que nos resulta por demás preocupante.
Por lo tanto desde la Coordinadora Nacional de Sindicatos Policiales exigimos.
“Que se suprima del texto la prohibición de tareas de seguridad en el ámbito privado” o por el contrario se asegure un pago por Exclusividad.